como inscribir recién nacido

Cómo inscribir recién nacido

COMO INSCRIBIR UN BEBÉ EN EL REGISTRO CIVIL

Por regla general la documentación necesaria que hay que presentar en el Registro Civil para inscribir a un recién nacido serían los documentos de identidad de ambos progenitores y la documentación que facilita el Hospital, debidamente cumplimentada.

En caso de que el padre y la madre estuvieran casados, podrá ir unicamente uno de ellos con el libro de familia y la documentación antedicha.

Ahora paso a explicar con mas detalles los pasos a seguir para la inscripcion de un Bebé en el Registro Civil.

Un recién nacido debe inscribirse en el Registro Civil del lugar en que se produzca el nacimiento o también podrán inscribirse en el Registro Civil Municipal correspondiente al domicilio del progenitor o progenitores legalmente conocidos.

La solicitud se formulará, de común acuerdo, por los representantes legales del nacido, acompañándose a la petición la documentación reglamentariamente establecida para justificar el domicilio común de los padres o del solo progenitor conocido (Certificado de empadronamiento).

Documentación necesaria

Para realizar la inscripción de nacimiento se deberá:

Hijos Matrimoniales:

En este caso se precisa la declaración de quien tuviera conocimiento cierto del nacimiento, estando obligados a emitir tal declaración el padre, la madre, los abuelos, los tíos, primos, o cuñados del nacido, y aportar la siguiente documentación:

  • Parte médico de alumbramiento (este impreso es facilitado por el propio hospital donde éste tuvo lugar).
  • D.N.I. de los padres y Libro de Familia (o documento que acredite el matrimonio debidamente legalizado y traducido en su caso).

Hijos no matrimoniales:

En este caso se precisa la declaración de los progenitores, debiendo acudir el padre y la madre personalmente al registro, y aportando la siguiente documentación:

  • Parte médico de alumbramiento (este impreso es facilitado por el propio hospital donde éste tuvo lugar).
  • Sus respectivos D.N.I.
  • Se hará constar el estado civil de la madre.
    • Si existe matrimonio anterior, se deberá romper la presunción legal de paternidad aportando: Certificado de matrimonio (con la nota correspondiente), y sentencia firme de separación o divorcio (testimoniada).
    • Si se trata de separación de hecho, tendría que acudir al Registro con dos testigos.

Dónde se inscribe el nacimiento

Con carácter general:

  • En el Registro Civil del lugar en que se produzca el nacimiento. Si se desconoce dicho lugar, la inscripción de nacimiento se hará en el Registro correspondiente a aquel en que se encuentre el niño abandonado.
  • No obstante lo anterior, los nacimientos acaecidos en territorio español, cuando su inscripción se solicite dentro del plazo,
    En las inscripciones de nacimiento extendidas como consecuencia de lo establecido en este apartado, se considerará a todos los efectos legales que el lugar del nacimiento del inscrito es el municipio en el que se haya practicado el asiento. Las certificaciones en extracto sólo harán mención de este término municipal.

Supuestos especiales:

  • Será Registro competente para la inscripción de los nacimientos ocurridos en el curso de un viaje, el del lugar en que se dé término al mismo (Registro Civil del lugar en que ocurren).
  • En el Registro Civil Central, en los supuestos mencionados en epígrafe anterior (SOLICITUDES DE INSCRIPCIÓN DE NACIMIENTO EN EL REGISTRO CIVIL CENTRAL).

INSCRIPCION EN CENTRO SANITARIO:

Documentación necesaria

Para realizar la inscripción de nacimiento se deberá:

Hijos Matrimoniales:

En este caso se precisa la declaración de quien tuviera conocimiento cierto del nacimiento, estando obligados a promover la inscripción de nacimiento:

  1. La dirección de hospitales, clínicas y establecimientos sanitarios.
  2. El personal médico o sanitario que haya atendido el parto, cuando éste haya tenido lugar fuera de establecimiento sanitario.
  3. Los progenitores. No obstante, en caso de renuncia al hijo en el momento del parto, la madre no tendrá esta obligación, que será asumida por la Entidad Pública correspondiente.
  4. El pariente más próximo o, en su defecto, cualquier persona mayor de edad presente en el lugar del alumbramiento al tiempo de producirse.

Deberá aportarse la siguiente documentación:

  • Parte médico de alumbramiento (este impreso es facilitado por el propio hospital donde éste tuvo lugar).
  • Documento acreditativo de identidad de los progenitores y, en su caso, declarante, válido y vigente.
  • Libro de Familia (o documento que acredite el matrimonio debidamente legalizado y traducido en su caso) o declaración de existir matrimonio suscrita por ambos cónyuges.

Hijos no matrimoniales:

En este caso se precisa la declaración de ambos progenitores, aportando la siguiente documentación:

  • Parte médico de alumbramiento (este impreso es facilitado por el propio hospital donde éste tuvo lugar).
  • Sus respectivos documentos acreditativos de identidad válidos y vigentes.

Dónde presentarla

En la oficina de atención al paciente del Centro Sanitario en el que tiene lugar el nacimiento.

Plazo

El plazo para comunicar el nacimiento al Registro Civil competente va desde el momento en que éste se produce a las 72 horas posteriores, transcurridas las cuales se deberá acudir presencialmente a la oficina del Registro Civil competente en el plazo de 10 días (30 días si media causa justificada).

Dónde se inscribe el nacimiento

El Centro Sanitario comunica al Registro Civil competente la solicitud de inscripción y es éste el que finalmente la realiza siempre y cuando la información facilitada en la declaración y la documentación acreditativa sean correctas y válidas. Hasta que no se produce la inscripción, no se extingue la responsabilidad de inscribir al recién nacido por sus progenitores.

Supuestos excluidos

En los casos siguientes, la comunicación no podrá ser realizada desde el Centro Sanitario y es obligatorio acudir presencialmente al Registro Civil competente para la inscripción:

  • Si existe matrimonio anterior de la madre y fuera necesario destruir la presunción legal de paternidad del marido.
  • Si alguno de los progenitores es menor de edad o tiene la capacidad modificada judicialmente.
  • Cuando se trate de hijos no matrimoniales en el caso de ausencia, fallecimiento o incapacidad del padre, la madre o ambos progenitores.
  • Hijos de dos progenitores extranjeros de distinta nacionalidad.
  • Si la madre ha renunciado al hijo.
  • Asimismo no se podrá tramitar en aquellos casos en los que el Registro Civil o el Centro Sanitario no disponga de los medios técnicos necesarios para la comunicación por vía electrónica.

En la inscripción de nacimiento constará especialmente:

  • Nombre que se da al nacido.
  • La hora, fecha y lugar de nacimiento. En los partos múltiples, de no conocerse la hora exacta de cada uno, constará la prioridad entre ellos o que no ha podido determinarse.
  • Si el nacido es varón o mujer.
  • Los padres, cuando legalmente conste la filiación y siempre que fuera posible, las siguientes circunstancias de los progenitores: nombre y apellidos, Documento Nacional de Identidad o Número de identificación y pasaporte del extranjero, en su caso, lugar y fecha de nacimiento, estado civil, domicilio y nacionalidad.
  • El número que se asigne en el legajo al parte o comprobación.
  • La hora de inscripción.

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16 comentarios en “Cómo inscribir recién nacido”

  1. Esperanza Alonso Moreno

    Llevamos una semana intentando q nos den cita para inscribir a mi nieto en el juzgado y no conseguimos q nos den cita y sin esa inscripción no podemos apuntarlo en la seguridad social

  2. Hola buenas. Se podria realizar la inscripción de un recien nacido en el Registro Civil a través del Hospital? Gracias

  3. Hola, soy madre soltera mi hijo nació antes de ayer día 16 necesito registrarlo, al ser madre soltera ¿que debo hacer?

    1. Buenas tardes
      Tiene 30 dias para hacer la inscripción. Deberá ir personalmente, con el papel que le dan en el Hospital y su DNI al Registro Civil de la localidad donde haya nacido el bebé, o al de la localidad donde esté empadronada (si fuera distinto al del Hospital puede elegir donde inscribirlo). Allí se lo harán en el momento. (No se si tendrá que pedir cita previa, depende el Registro)

  4. Puedo registrar a mi bebé con el primer apellido de su padre y luego mi segundo apellido, en lugar de mi primer apellido?

  5. Hola soy argentina en estado irregular y mi pareja es residente canario mi bebé nace en octubre. Mi bebé es español automáticamente o es por presunción?

  6. Hola buenas una pregunta cómo puedo sacarle la nacionalidad por presunción a mi bebé ya lo registre gracias por su atención

  7. Buenas tardes, somos un matrimonio empadronado en sabadell, pero ella. Es. Rusa con nie, ella está enn Rusia ahora mismo y en mayo dará a luz a nuestro bebé allí por problemas médicos…. La pregunta es: qué necesitaremos llevar o traernos de Rusia para no tener problemas cuando venga mi hijo y lo vayamos a inscribir? Logicamente queremos nacionalidad española.
    Osea, que nos pedireis en el registro civil? Muchas gracias

  8. Olá buenas noche por favor me pueden informar cómo puedo pedir la nacionalidade de valor simple de presunción de um bebê que nascio en España y já tiene livro família, y documentos necesarios y si tengo que pedir cita. Muchas gracias

  9. Hola, no me dejan registrar a mi hija en un municipio porque no estamos empadronados en el mismo,¿hay alguna solución? Gracias

  10. Buena mi hija esta recién nacida ya la hemos registrado ahora la quiero registrar a mi seguridad social y me pide un número de documento que no me dieron ninguno en su registro que numero debería colocar ahí la niña nació en españa pero los dos padres somos ciudadanos italianos

  11. solicite un certificado de nacimiento y me han devuelto la solicitud alegando que no encuentran el nº de asiento, y es que es posible que el niño todavía no este inscrito, pero me gustaria recuperar las tasas que pague por el tramite.¿ que tengo que hacer?

    1. Normalmente cuando solicita un certificado online le llega un email comunciando que se ha recibido.
      Deberá solicitar la devolución respondiendo a ese email, averiguando cual es la empresa que le tramitó el certificado
      Un saludo

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